Con la publicación del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, aparece un nuevo informe del edificio:
INFORME DE EVALUACIÓN DEL EDIFICIO, IEE, ya conocido en la Comunidad Valenciana como INFORME DE CONSERVACIÓN DEL EDIFICIO, ICE.
En este informe se incluye un análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos:
- Parte I: Estado de conservación.
- Parte II: Condiciones básicas de accesibilidad.
- Parte III: Certificación energética del edificio.
La gran novedad que encontramos en este decreto, es el programa de ayudas a la implantación de este tipo de informes.
Podrán beneficiarse de estas subvenciones, hasta el año 2016, comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial.
"Las ayudas consistirán en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio."
La realización de este informe de evaluación, o conservación del edificio, es una de las condiciones para poder optar a las ayudas para la rehabilitación del edificio, que aparecen reflejadas en este nuevo decreto, y de las que hablaremos en próximos posts.
Ante cualquier duda sobre el ICE (Informe de Conservación del Edificio) o el IEE (Informe de evaluación del edificio), no duden en ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de contacto: 629196714, mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com o nuestro formulario de contacto.
Hola Daniel , gracias por seguir mi blog yo tambien te sigo , la informacion muy util .
ResponderEliminarBesos !!
Bienvenida Rosa!!! Espero que te gusten nuestros contenidos!
EliminarBuenos días,
ResponderEliminarTengo una duda, este informe es obligatorio para cualquier tipo de edificio? es decir, es sólo para viviendas o para cualquier uso, como industrial, oficinas, etc...
En principio la obligación de mantener en buen estado los edificios es tanto para viviendas como industrial, oficinas etc.
EliminarMe ha gustado mucho el blog y todo lo que aportas, siempre es bueno llevar una evaluación de nuestro edificio conforme pasa el tiempo para no tener que hacer arreglos demasiado rápidos, muy bueno!
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