Esta es una de las preguntas que nos hacemos cuando queremos hacer pequeños o grandes cambios en nuestras viviendas.
La respuesta es: SÍ.
Siempre que hacemos cambios en nuestra vivienda que requieren obras tenemos que comunicárselo a nuestro ayuntamiento, para evitar así posibles problemas con los vecinos, la policía municipal etc.
Nosotros pensamos que la pregunta que nos deberíamos hacer es la siguiente:
¿QUÉ TIPO DE LICENCIA NECESITO?
Dependiendo del tipo de obra y de su magnitud tenemos varias formas de comunicárselo al Ayuntamiento, y esto es lo que vamos a intentar explicar a continuación.
Existen tres tipos de licencias para reformar nuestra vivienda, la denominación del tipo de licencia depende del ayuntamiento, en el caso de Valencia con la nueva ordenanza son los que aparecen en el post, dependiendo de la magnitud de las obras a realizar:
Este tipo de licencia se solicita para pequeñas obras de mejora en cocinas, baños y pequeños cambios en el resto de la vivienda como sustitución de pavimentos sin superposición, enlucidos etc.
Para este tipo de licencia los ayuntamientos suelen solicitar pagar una tasa, una pequeña memoria de las obras a realizar y un presupuesto.
Se consideran OBRAS MENORES (DECLARACIÓN RESPONSABLE TIPO II) aquellas que, por razón de su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, puedan ser consideradas como tales, incluidas las de modificación de la disposición interior de los edificios. No se consideran obras menores aquellas que impliquen modificación de usos.
Para este tipo de licencias los ayuntamientos suelen solicitar pagar una tasa, plano de emplazamiento y presupuesto desglosado y total. Con esta documentación se pueden realizar reformas integrales sin realizar cambio de distribución.
Con este tipo de licencia también se tramitan las reformas integrales con cambio de distribución, pero en este caso se necesita un proyecto técnico suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial.
Con este tipo de licencia también se tramitan las reformas integrales con cambio de distribución, pero en este caso se necesita un proyecto técnico suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial.
Se consideran OBRAS MAYORES aquellas obras de nueva planta, o de ampliación en superficie, volumen o altura de edificaciones existentes, o rehabilitación integral (no parcial) de edificaciones ya existentes.
Para este tipo de licencias los ayuntamientos solicitan proyecto técnico, suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial.
Con este tipo de licencia también se tramitan las reformas integrales con cambio de distribución en edificios protegidos.
Con este tipo de licencia también se tramitan las reformas integrales con cambio de distribución en edificios protegidos.
Nosotros podemos ayudarle a resolver sus dudas sobre el tipo de licencia que tiene que solicitar así como a llevar adelante su reforma, solo tiene que ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de contacto: 629196714, mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com o nuestro formulario de contacto.
Si estás interesado en nuestro servicio de reformas le aconsejamos visitar el siguiente posts:
Hola Daniel:
ResponderEliminarLas especificaciones que indicas sobre las licencias de obras, son particulares de un Ayuntamiento, o son generales? Es que me parece que existe un error en la explicación de la licencia de obra menor.
Según la Ordenanza Municipal reguladora de las licencias de obras menores y elementos auxiliares de obras, del Ayuntamiento de Valencia, solo se pide Proyecto visado por colegio profesional, por ejemplo en:
- obras de conservación y mantenimiento de fachadas y medianeras
En el caso de las solicitudes de obras de acondicionamiento menor en viviendas y locales y otras obras menores, solo se exige "certificado de seguridad, firmado por técnico
competente y visado por el colegio profesional correspondiente" en el caso de superponer un pavimento. Si que se requiere una memoria descriptiva de los trabajos a realizar, junto con el presupuesto, pero en ningún caso dice que dicha memoria o presupuesto, tenga que estar visado.
En cambio, si que dice que esta memoria y presupuesto debe ser firmado y visado por colegio profesional, en el caso de modificar la distribución interior.
Esto, claro está, se refiere a los requisitos que pide el Ayuntamiento de Valencia, para las licencias de obras menores.
En fin, así es como lo tenemos entendido.
Un saludo.
Buenos días!
EliminarMuchas gracias por vuestras aclaraciones.
Toda esa información que aportáis está reflejada en un post que se llama LICENCIA DE OBRA MENOR EN VALENCIA.
Como bien comentáis para necesitar proyecto visado se debe de modificar la distribución.
Pero lo mejor en estos casos es buscarse un buen profesional que nos asesore en estos temas, ya que cada caso puede necesitar una documentación específica, dependiendo de las obras a realizar, la zona de la ciudad o el técnico municipal que nos vaya a conceder la licencia.
Un saludo y muchas gracias por vuestros útiles comentarios!
Buen fin de semana!