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miércoles, 20 de febrero de 2013

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE OBRAS TIPO II

LICENCIA de OBRAS en VALENCIA


Como ya comentamos en un anterior post en DG Arquitecto Valencia:


El ayuntamiento de Valencia con la entrada en vigor de la nueva ordenanza reguladora de obras de edificación y actividades introduce nuevos procedimientos que sustituyen a los ya conocidos: OBRA MAYOR (LICENCIAS URBANÍSTICAS) Y OBRA MENOR (DECLARACIONES RESPONSABLES) para realizar obras tanto en viviendas como locales.


Hoy queremos hablar más en detalle de la DECLARACIÓN RESPONSABLE TIPO II, para obras  de reforma en VIVIENDAS.

Este trámite es necesario en dos supuestos:

1-  Para reformas de viviendas:

  • Redistribución de espacios interiores, cambio de distribución. Si está interesado en la reforma tanto integral como parcial de su vivienda en DG Arquitecto podemos ayudarte. Solo tienes que ponerte en contacto con nosotros.
  • Sustitución de pavimentos con superposición.
  • Cambio de ventanas de la fachada exterior.

2- Reparación de daños no estructurales; acondicionamiento de elementos privativos y/o comunes, con sujeción al cumplimiento de las exigencias normativas de accesibilidad, habitabilidad, calidad, salubridad, seguridad contra incendios.


Ahora vamos a enumerar los documentos que tenemos que presentar ante el Ayuntamiento para poder realizar este tipo de obras.


Con carácter general tenemos que presentar:

  • Memoria descriptiva de las obras a realizar.
  • Presupuesto desglosado y total, indicando el IVA
  • Plano de emplazamiento.
  • Documento oficial en el que conste la referencia catastral del inmueble.
  • Justificante de haber realizado el ingreso previo de la tasa correspondiente, y autoliquidación del impuesto de construcciones, instalaciones y obras.   

A parte de esta documentación en los siguientes casos tenemos que añadir:



A- En el caso de superposición de pavimentos:

  •  Certificado de seguridad, firmado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.

 B- En el caso de sustitución de ventanales en fachada:

  • Fotografía actual de la fachada.
  • Compromiso de mantener idénticas características, hueco, color, configuración y forma que los existentes.

C- En el caso de redistribución de espacios interiores:

  • Proyecto suscrito por técnico competente, arquitecto, y visado por el colegio oficial correspondiente, con estudio de seguridad y salud.
  • Esquema técnico justificativo

Ante cualquier duda, aclaración sobre qué tipo de trámite tiene que realizar para su obra o reforma o conocer nuestro servicio de reformas solo tiene que ponerse en contacto con nosotros a través de teléfono o WhatsApp de contacto: 629196714, mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com o nuestro formulario de contacto e intentaremos resolver sus dudas.
  

2 comentarios:

  1. Se entiende por superposición de pavimento poner parquet?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buenos días,

      sí poner cualquier tipo de pavimento encima del existente sin eliminar este se considera superposición de pavimento.

      Saludos Sofía!

      Eliminar

En las imágenes y proyectos recomendados en nuestros posts intentamos poner siempre su procedencia, si la conocemos. Los posts sobre recomendaciones de trabajos de compañer@s se publican con carácter divulgativo y sin ningún tipo de ánimo de lucro.

En caso de que detecte algún error o no quiera que aparezcan le agradeceremos que se ponga en contacto con nosotros para poder subsanar el problema a través de nuestro correo de contacto: dgarquitectovalencia@gmail.com

Daniel González López