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viernes, 30 de diciembre de 2011

TRÁMITES PARA CÉDULA DE HABITABILIDAD EN CASTELLÓN


LICENCIA MUNICIPAL DE SEGUNDA OCUPACIÓN o CÉDULA HABITABILIDAD SEGUNDA OCUPACIÓN en CASTELLÓN.

Hoy desde DG Arquitecto queremos informaros  sobre  los pasos a dar para poder obtener la cédula de habitabilidad de segunda ocupación o licencia municipal de segunda ocupación para edificios existentes que no sean de nueva construcción en la ciudad de Castellón.

Tramitamos certificados de habitabilidad para licencias de segunda ocupación para otras ciudades de Castellón: Burriana, La Vall D´Uixó, Almassora, Moncofa, Vila-Real etc. También en Valencia o Alicante.

Para más información sobre este trámite en otras ciudades de la Comunidad Valenciana visitar este enlace .

En nuestro estudio de arquitectura podemos encargarnos de facilitarle toda la documentación necesaria para este trámite que aparece reflejada más abajo.

Como ya hemos comentado en otros post  este trámite tiene por objeto comprobar por los Servicios Técnicos Municipales que el edificio o, en su caso, la parte del mismo susceptible de un uso individualizado, se ajusta a las condiciones exigibles para el uso al que se destina, en general uso vivienda.

Y suele necesitarse para toda contratación del suministro de agua y luz de la vivienda, posterior a la inicial ocupación de la misma.

La documentación que hay que aportar al ayuntamiento para obtener la licencia de segunda ocupación  es:


1- Certificado expedido por facultativo competente acreditativo de que el edificio, o en su caso, la finca independiente del mismo para la que se solicita la licencia municipal de ocupación se ajusta a las condiciones exigibles para el uso que se destina, con indicación expresa del número de colegiado.  CERTIFICADO DE HABITABILIDAD.

En el certificado se incluirá:
  • Plano a escala acotado con superficies de las estancias existentes y figuras mínimas inscribibles, en su caso. LEVANTAMIENTO DE PLANOS.
  • Justificación comparativa de los parámetros exigibles por la normativa aplicable y los existentes en la realidad.

    2- Certificado expedido por la empresa suministradora de agua potable acreditativo de que pueden ser contratados los suministros por estar ejecutadas las acometidas del edificio. (Documento que facilitará al Ayuntamiento la empresa suministradora).

    3-Copia de la Nota Simple Registral actualizada, acreditativa de la propiedad del inmueble, expedida por el Registro de la Propiedad.

    4-Copia del último recibo acreditativo del pago del suministro eléctrico, referido a los seis últimos meses o boletín eléctrico.

    5-Fotografías en color del edificio, con nitidez y amplitud suficientes, en las que se aprecien las fachadas y la cubierta del edificio, así como la urbanización de las calles con las que linda. Dichas fotografías deberán estar tomadas desde posiciones diferentes.

    6-Instancia de licencia de segunda ocupación para edificios existentes.

    7-Justificante del pago de la tasa municipal correspondiente.


    Información extraída del la página del AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN.




    En DG Arquitecto  realizamos  CERTIFICADOS DE HABITABILIDAD, CERTIFICADOS DE SUPERFICIES, LEVANTAMIENTO DE PLANOS ETC.

    Si necesita más información solo tiene que ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono: 629196714, nuestro formulario de contacto o mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com para solicitar más información.


    martes, 27 de diciembre de 2011

    ESTUDIO de ARQUITECTURA e INTERIORISMO




    En nuestro estudio DG Arquitecto Valencia realizamos proyectos de reforma integral de viviendas, proyectos de viviendas unifamiliares, proyectos de rehabilitación y proyectos de obra nueva.

    Para más servicios os invitamos a visitar nuestra sección de SERVICIOS



    ESTUDIO ARQUITECTURA VALENCIA




    DG Arquitecto Valencia somos:




    DANIEL GONZÁLEZ LÓPEZ 10771















    Daniel González López, arquitecto desde 2005 por la Escuela técnica superior de arquitectura de ValenciaArquitecto colegiado: 10771




    ISABEL ROGER SÁNCHEZ 08990
















    Isabel Roger Sánchez, arquitecta desde 2005 por la Escuela técnica superior de arquitectura de Valencia.  Arquitecta colegiada: 08990



    ¿QUÉ es el ICE? ICE VALENCIA,CASTELLÓN y ALICANTE.

    REALIZAMOS EL INFORME ICE EN CUALQUIER POBLACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA: TORRENT, BURJASSOT, MELIANA, PATERNA, ALBORAYA, MANISES, XIRIVELLA ETC.

    Si buscas un arquitecto para realizar este tipo de informe en Valencia, Castellón o Alicante ponte en contacto con nosotros y te resolveremos todas las dudas que tengas sobre el informe de conservación del edificio (ICE).



    Ice Valencia






















    INFORME DE CONSERVACIÓN DEL EDIFICIO.

    En DG Arquitecto tenemos más de cinco años de experiencia en la realización del  Informe de Conservación del Edificio


    Queremos hacerle un resumen de las características más importantes del Informe de Conservación del Edificio. ICE.

     
    1. ¿Qué es el ICE?


    Se trata de un documento de base técnica en el que se recoge información relativa al estado de conservación del edificio en sus elementos comunes así como del comportamiento energético de su envolvente térmica (cubiertas y fachadas). La inspección permite constatar posibles lesiones o deterioros de la edificación al tiempo que analiza la demanda energética del mismo con el fin de establecer unos criterios para priorizar las intervenciones de rehabilitación posteriores. Todo ello va dirigido a que las medidas de ayudas que se establezcan en el marco de rehabilitación sean coherentes con las exigencias de necesidades reales del parque residencial existente.


    2. ¿Cómo aparece?


    El Informe de Conservación del Edificio (ICE) en su versión inicial aparece con el Decreto 81/2006 del Consell. Con la publicación y entrada en vigor del Decreto 43/2011, de 29 de abril, del Consell por el que se modifican los decretos 66/2009, de 15 de mayo, y 189/2009, de 23 de octubre, se introduce el Informe de Conservación del Edificio que incluye los aspectos energéticos (ICE), esta segunda versión sustituye a la anterior e incorpora las directivas y exigencias relativas a la eficiencia energética europeas y estatales.


    3. ¿Cuál es su objetivo?


    Por un lado disponer de información cualitativa acerca del estado del parque residencial, en lo referente a aspectos fundamentales como son la estabilidad, habitabilidad y funcionalidad así como en lo referente a las necesidades energéticas del la envolvente térmica del edificio (cubiertas y fachadas) para garantizar la situación de confort óptima, la reducción de consumo energético y de emisiones de CO2 en los edificios.

    Dicha información, en los sucesivos planes de fomento a la rehabilitación, nos va a permitir planificar y objetivar las acciones a apoyar en coherencia con el deber de conservación y rehabilitación establecido por la Ley de la Vivienda de la CV y la normativa urbanística.


    4. Entrada en vigor


    El Informe de Conservación del Edificio que incluye los aspectos energéticos (ICE) entra en vigor el 3 de junio de 2011.


    5. ¿Cuándo es necesario el ICE?


    En los edificios destinados a uso residencial:


    Cuando se soliciten ayudas a la rehabilitación de elementos comunes del edificio.


    6. El ICE un documento a incorporar al procedimiento de rehabilitación


    El Informe de Conservación del Edificio ha de incorporarse a la documentación necesaria para la tramitación de ayudas a la rehabilitación y se considera documento indispensable para la tramitación de las ayudas cuando las obras afecten a los elementos comunes del edificio. Como consecuencia de ello los promotores de rehabilitación (comunidades de propietarios, propietarios…) deberán dirigirse a los profesionales para contratar la redacción y elaboración del Informe e incluirlo a la documentación requerida para acceder a las ayudas a la rehabilitación.


    7. ¿Qué profesionales los realizarán?


    Los llevarán a cabo profesionales titulados legalmente, como arquitectos, aparejadores, arquitectos técnicos e ingenieros de la edificación, mediante encargo del cliente o promotor de la rehabilitación ( Generalmente la comunidad de propietarios )


    8. ¿Qué ayudas se tienen para la elaboración de los Informes?


    El coste correspondiente a la redacción del Informe de Conservación del Edificio podrá incluirse dentro de los costes derivados de la rehabilitación como presupuesto protegible, pudiendo optar en cualquier caso a las ayudas a la rehabilitación que le correspondan atendiendo a las obras que realicen.

    9. ¿ Qué coste supone el ICE ?

    El coste de la redacción del informe ICE depende de las unidades de inspección de cada edificio, número de viviendas y locales comerciales. Para más información sobre precios  pónganse en contacto con nosotros, sin ningún tipo de compromiso.


    Ante cualquier duda sobre el ICE no duden en ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de contacto: 629196714, mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com  o nuestro formulario de contacto.

    lunes, 19 de diciembre de 2011

    MEJORA de las CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD de EDIFICIOS en VALENCIA.

    ¿ Estáis pensando en mejorar la accesibilidad en vuestra comunidad de vecinos ?


    • Colocación de rampas.
    • Colocación de plataformas elevadoras.
    • Colocación de ascensores.
    • Eliminar peldaños hasta el ascensor.
    • Mejora de imagen de zaguanes.

    En DG Arquitecto realizamos proyectos de mejora de las condiciones de accesibilidad física y supresión de barreras arquitectónicas en edificios de viviendas en VALENCIA, TORRENT, BURJASSOT, MELIANA, PATERNA, ALBORAYA, MANISES, XIRIVELLA etc.

    Mejora accesibilidad comunidad valenciana

    Estudiamos la  viabilidad de la  instalación de ascensores y rampas en zaguanes de edificios de viviendas. Le aconsejamos sobre la mejor solución para cada caso particular.

    Realizamos una visita a su comunidad o vivienda y le aconsejamos sobre la mejor forma de mejorar de las condiciones de accesibilidad física y supresión de barreras arquitectónicas en edificios de viviendas.

    También les informamos sobre las ayudas que pueden obtener por parte de la Generalitat Valenciana y el Ministerio para la supresión de barreras, así como  la realización del INFORME ICE documento necesario para acceder a estas ayudas.






    Ante cualquier duda sobre la supresión de barreras arquitectónicas o pedir presupuesto sin compromiso sobre el coste del informe ICE o cualquiera de nuestros servicios no duden en ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de contacto: 629196714, mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com o nuestro formulario de contacto.


    jueves, 15 de diciembre de 2011

    SILLA CH25 by Hans J. Wegner

    Sillón CH25



















    Hoy  en DG Arquitecto os queremos mostrar otra silla diseñada por  Hans J. Wegner, ya hablamos sobre la mecedora M16 en uno de nuestros primeros post, se trata de la silla CH25. 

    El sillón CH 25 fue una de las primeras cuatro sillas que Wegner diseñó para Carl Hansen & Son en 1950.


     
    El perfil especial de las patas delanteras es probablemente lo más característico de la silla. Su forma inusual se lleva la mayor parte del peso del usuario y sirven como un soporte estable para los apoyabrazos. La cuerda de tejido del asiento y la espalda forman un patrón distintivo.

    Los amplios  apoyabrazos añaden comodidad a la silla y ayudan a  levantarse.





    Dimensiones:
    • ancho: 71 cm
    • altura: 73 cm
    • profundidad: 73 cm
    • altura del reposabrazos: 55 cm
    • altura del asiento: 35 cm
    Sillón CH25

      
     Para ver más objetos para casa pinche AQUÍ.

    lunes, 5 de diciembre de 2011

    PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA CÉDULA de HABITABILIDAD.

    Hoy en DG Arquitecto queremos resolverle algunas dudas sobre la cédula de habitabilidad de segunda ocupación o licencia de segunda ocupación en la Comunidad Valenciana, a modo de resumen, que no han quedado claras en los anteriores posts sobre este mismo tema.

    Si necesita cualquier información adicional o que le ayudemos a conseguir la cédula para su vivienda (Certificado de habitabilidad para licencia de segunda ocupación)  no dude en ponerse en contacto con nosotros.

    Las preguntas más frecuentes que nos solemos hacer sobre este tema son:

    1. ¿Qué es la cédula de habitabilidad de segunda ocupación?

    Es un documento que acredita que la vivienda cumple con los requisitos mínimos de habitabilidad. Acredita que la vivienda es habitable.

    2. ¿Qué necesito para obtener la cédula de habitabilidad

    Para obtener la cédula los propietarios de la vivienda deben solicitarla a su ayuntamiento y este les informará de la documentación que deben de presentar.

    Los ayuntamientos suelen pedir un certificado de habitabilidad realizado por  facultativo competente, arquitecto colegiado, de que el edificio o, en su caso, la parte del mismo susceptible de un uso individualizado, se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento de la primera o anterior licencia de ocupación a la que se solicita. Y adjuntar el libro del edificio, si disponen de él.

    Para edificios antiguos que no dispongan de licencia de ocupación anterior se debe adjuntar igualmente certificado de habitabilidad realizado por facultativo competente, arquitecto colegiado, de que el edificio o, en su caso, la parte del mismo susceptible de un uso individualizado se ajusta a las condiciones exigibles para el uso al que se destina. ¿Qué es el CERTIFICADO DE HABITABILIDAD?


    3. ¿Qué normativa de habitabilidad tiene que cumplir mi vivienda para obtener la cédula?

    Las viviendas deben de cumplir con el DECRETO 151/2009, de 2 de octubre, del Consell, por el que se aprueban las exigencias básicas de diseño y calidad en edificios de vivienda y alojamiento.

    Al visitar su vivienda estudiaremos que se cumplen con los requisitos que aparecen en este decreto.

    4. ¿Es lo mismo la cédula de habitabilidad de segunda ocupación y la licencia de segunda ocupación?

    La licencia de segunda ocupación es un documento que aparece en La sección II de la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE) y que al igual que la cédula de segunda ocupación acredita que la vivienda cumple con la normativa de habitabilidad.

    Anteriormente a esta ley se denominaba al documento cédula pero ahora ya se debe de denominar licencia, aunque en muchos ayuntamientos sigue denominandose todavía de la forma antigua, por ejemplo la ciudad de Valencia.

    5. ¿Cuando caduca la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad?

    Cuando pasen diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación, esta se concede al finalizar la construcción del edifico, será necesaria la renovación de la misma en los siguientes supuestos:

    • Cuando se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.

    • Cuando sea necesario formalizar un contrato nuevo de suministro de agua, gas o electricidad.

    TRAMITAMOS CERTIFICADOS para DECLARACIÓN RESPONSABLE o LICENCIA DE SEGUNDA OCUPACIÓN en  VALENCIA: TORRENT, BURJASSOT, MELIANA, PATERNA, ALBORAYA, MANISES, MISLATA, XIRIVELLA, ALBAL, etc.

    Para cualquier duda solo tiene que ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de contacto: 629196714, mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com o nuestro formulario de contacto.
    En las imágenes y proyectos recomendados en nuestros posts intentamos poner siempre su procedencia, si la conocemos. Los posts sobre recomendaciones de trabajos de compañer@s se publican con carácter divulgativo y sin ningún tipo de ánimo de lucro.

    En caso de que detecte algún error o no quiera que aparezcan le agradeceremos que se ponga en contacto con nosotros para poder subsanar el problema a través de nuestro correo de contacto: dgarquitectovalencia@gmail.com

    Daniel González López