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sábado, 9 de julio de 2011

ICE = ITE en VALENCIA.

REALIZAMOS el INFORME ITE, INFORME ICE o INFORME IEE en VALENCIA, CASTELLÓN, TORRENT, BURJASSOT, MELIANA, PATERNA, ALBORAYA, MANISES, XIRIVELLA etc.

En la ciudad de Valencia (esto es ampliable a todo el territorio de la Comunidad valenciana) el informe ITE es equivalente al informe ICE, ahora llamado informe IEE, en aquellos municipios donde no exista ordenanza ITE especifica, ya que ambos documentos tienen el mismo fin: Garantizar la conservación, mantenimiento y seguridad de los edificios.

Esto aparece reflejado en el artículo 12.2 del DECRETO 189/2009, de 23 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Rehabilitación de Edificios y Viviendas.


"El informe sobre el estado de conservación de edificios sustituirá los efectos de inspección técnica a los efectos del cumplimiento de la exigencia de la inspección técnica regulada por la legislación urbanística"



Vamos a tratar de explicar brevemente en que consiste cada uno de estos informes:

  • La ITE ( Inspección técnica de edificios) es una inspección obligatoria y periódica que deben pasar todos los edificios de más de 50 años, con el fin de garantizar su SEGURIDAD. Debe realizarse, al menos cada cinco años, una inspección, a cargo de facultativo competente, para supervisar el estado de conservación del edificio. 


      • El ICE ( Informe de conservación del edificio) se trata de un documento de base técnica en el que se recoge información relativa al estado de conservación del edificio en sus elementos comunes así como del comportamiento energético de su envolvente térmica (cubiertas y fachadas). La inspección permite constatar posibles lesiones o deterioros de la edificación al tiempo que analiza la demanda energética del mismo con el fin de establecer unos criterios para priorizar las intervenciones de rehabilitación posteriores. Todo ello va dirigido a que las medidas de ayudas que se establezcan en el marco de rehabilitación sean coherentes con las exigencias de necesidades reales del parque residencial existente. 




        Ante cualquier duda sobre el ICE o ITE no duden en ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de contacto: 629196714, mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com o nuestro formulario de contacto.

        4 comentarios:

        1. ¿ Es obligatorio pasar la ITE en la ciudad de Xirivella ?

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        2. Buenos días. Gracias por poneros en contacto con nosotros.

          Sí, es obligado en toda la Comunidad Valenciana si su edificio tiene más de 50 años.

          En la página web de ayuntamiento podéis encontrar toda la información:

          http://www.xirivella.es/va/xirivella-ajuntament/conservaci%C3%B3-dimmobles

          Para más información o si necesitan presupuesto para realizar esta inspección pónganse en contacto con nosotros mediante nuestro formulario de contacto o mediante mail a: dgarquitectovalencia@gmail.com

          Saludos y esperamos haberle ayudado.

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          Respuestas
          1. La ITE será obligatoria en edificios de más de 50 años, situados en poblaciones de más de 25.000 habitantes (NO en toda la comunidad Valenciana!). Por favor no mintamos a los ciudadanos!

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          2. Buenos días.

            Nosotros no mentimos a nadie ... si pincha en el enlace donde pone inspección obligatoria está todo explicado haciendo referencia a las normativas tanto estatales como autonómicas donde se habla del tema de la ITE.

            En la Comunidad Valenciana desde la entrada en vigor de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, en la SECCIÓN V. DEBER DE CONSERVACIÓN DE INMUEBLES Y RUINA se nos habla de la Inspección periódica de construcciones. ITE:

            Los propietarios de toda edificación catalogada o de antigüedad superior a 50 años deberán promover, al menos cada cinco años, una inspección, a cargo de facultativo competente, para supervisar su estado de conservación.

            Sin hacer referencia a municipios de más de 25.000 habitantes, por lo que desde 2005 ya existe esta obligación, pero los ayuntamientos no han actuado de momento.


            Es el año pasado cuando a nivel estatal aparece el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, en CAPÍTULO IV. MEDIDAS PARA EL FOMENTO DE LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN.

            Donde se habla de:

            Artículo 21. Obligatoriedad de la inspección técnica de edificios:

            Los edificios con una antigüedad superior a 50 años, salvo que las Comunidades Autónomas fijen distinta antigüedad en su normativa, destinados preferentemente a uso residencial situados en los municipios señalados en la disposición adicional tercera (municipios con población superior a 25.000 habitantes de todo el territorio nacional) , deberán ser objeto, en función de su antigüedad, de una inspección técnica periódica que asegure su buen estado y debida conservación.


            Ahora falta que cada ayuntamiento establezca un calendario de fechas hasta el año 2015 para la progresiva realización ordenada de la inspección técnica de edificios en función de su antigüedad.

            Como ve nosotros no mentimos a nadie, solo informamos de como está este asunto de las ITE.

            Un saludo y gracias por su comentario.

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        En las imágenes y proyectos recomendados en nuestros posts intentamos poner siempre su procedencia, si la conocemos. Los posts sobre recomendaciones de trabajos de compañer@s se publican con carácter divulgativo y sin ningún tipo de ánimo de lucro.

        En caso de que detecte algún error o no quiera que aparezcan le agradeceremos que se ponga en contacto con nosotros para poder subsanar el problema a través de nuestro correo de contacto: dgarquitectovalencia@gmail.com

        Daniel González López